SOLICITUD DEL NÚMERO DE IDENTIDAD DE EXTRANJEROS (N.I.E.)
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial.
El número personal será el identificador del extranjero, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten.
El Número de Identidad de Extranjeros debe solicitarse en persona en la Comisaría más cercana al lugar donde tiene intención de vivir o comprar propiedades. Si Ud. quiere enviar la solicitud a través del Consulado, tenga en cuenta que el Consulado no puede emitir el N.I.E. y actuará solo como Caja Postal entre el solicitante y las autoridades competentes españolas, en este caso, la Policía. Los requisitos son los siguientes:
Debe venir en persona con su pasaporte válido. En el Consulado se procederá a hacer una fotocopia legalizada del mismo que deberá Ud. abonar.
El impreso de solicitud completado pero no firmado porque deberá firmarlo en nuestra presencia.
Esta solicitud no podrá obtenerla en el Consulado sino en la Comisaría en España ó a través de la página web http://www.mir.es/ en el apartado de Información sobre trámites / extranjeros / modelos de solicitud o bien directamente en el siguiente enlace:
Descargar Formulario N.I.E.
2 Copias de la documentación acreditando de los motivos o necesidades alegadas: escritura de compra de un piso etc. (a excepción de los ciudadanos comunitarios que basta con que indiquen la causa).
Sobre dirigido a:
Comisaría General de Extranjería y Documentación
Dirección General de la Policía
Calle General Pardiñas 90,
28006 Madrid
Una vez enviados los documentos por el Consulado a las autoridades competentes en España, no nos es posible dar información sobre el tema y, cualquier petición de información es necesario hacerlo a la dirección arriba indicada y no al Consulado.
Actualizado: 24/04/2006
[Ze stony miniesterstwa i osobistych doswiadczen]